¿Te despidieron? Te decimos cuánto te toca de liquidación
¿Qué es la liquidación laboral? Básicamente es una indemnización pagada por el empleador al trabajador por un despido, siempre y cuando este se relacione a cuestiones ajenas al empleado y...
¿Qué es la liquidación laboral? Básicamente es una indemnización pagada por el empleador al trabajador por un despido, siempre y cuando este se relacione a cuestiones ajenas al empleado y a su desempeño. Por lo tanto, no todo despido implica el pago de una liquidación, solo el despido injustificado.
Las causas del despido justificado se encuentran contenidos en el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el cual señala las causas por las que puede ser despedido un trabajador, entre las cuales están: 3 faltas en un mes sin justificación, entregar documentación falsa o falsificar certificados de habilidades laborales.
Si ninguna de las causas de despido se encuentran contenidas en el artículo 47 de la mencionada ley, entonces se trata de un despido injustificado, por lo que la empresa o patrón están obligados a indemnizar al trabajador. Algunos ejemplos de esto son: la reestructura de un área, el cierre de una empresa, la desaparición de un puesto, reducción de salario o conductas por parte del empleador que dañen la dignidad del trabajador.
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¿Cómo se calcula la liquidación? La liquidación está compuesta por el pago de distintos conceptos: 3 meses de salario por indemnización; 20 días de sueldo por cada año trabajado; prima de antigüedad equivalente a 12 días de salario por cada año trabajado; pago de partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional; más otras prestaciones acumuladas por el trabajador que no hayan sido liquidadas por el empleador.
En ese sentido, para calcular tu liquidación, es necesario primero calcular tu Salario Diario Integrado (SDI), el cual es equivalente al salario con todas las prestaciones de ley. Entonces, imaginemos que tienes un salario mensual de 10 mil pesos, para obtener tu SDI, primero tienes que dividir tu salario mensual entre 30 días, lo cual da un total de 333.33 pesos diarios.
A esto hay que deducir las prestaciones básicas que establece la LFT (pueden ser más dependiendo del trabajo), que son aguinaldo, equivalente a 15 días de trabajo y una prima vacacional, equivalente al 25% del salario dado multiplicado por los días de vacaciones que corresponden a cada trabajador según su antigüedad. Recordemos que la LFT establece que cada trabajador tiene derecho a 6 vacaciones después del primer año laborado, si continúa laborando se agregarán 2 días hasta el quinto año trabajado (14 días acumulados), después se agregarán 2 días cada 5 años.
Para seguir con el ejemplo, esa persona que ganaba 10 mil pesos al mes (333.33 pesos diarios) tenía una antigüedad de 2 años en la empresa, por lo tanto, le corresponden 8 días de vacaciones, entonces, para añadirlos al SDI es necesario multiplicar el salario diario por 8 días de vacaciones, lo cual resulta en 2 mil 666.66 pesos; esto hay que sacar el 25%, lo cual da 666.66 y, finalmente se divide entre 365 días, lo cual nos da una prima vacacional de 1.82 pesos diarios.
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En el caso del aguinaldo, se toma al salario diario y se multiplica por 15 días, lo cual en nuestro ejemplo nos da 4 mil 999.95 pesos. Esto se divide entre 365 para obtener su equivalente diario, lo cual resulta en 13.69 pesos diarios. Finalmente, se suma el salario diario, la prima vacacional diaria y el aguinaldo, lo cual nos da un SDI de 348.84 pesos y un Salario Mensual Integrado (SMI) de 10 mil 465.20 pesos diarios.
Como decíamos, la liquidación, en primer lugar incluye 3 meses de salario, hay que recordar que se toma en cuenta el SMI, por lo tanto multiplicamos por 3 el SMI que en el ejemplo resultó en 10 mil 465.20 pesos, lo cual resulta en 31 mil 395.60 pesos por ese lapso de tiempo. Posteriormente, debe tomarse en cuenta los 20 días de salario por año trabajado, que en nuestro caso es de dos años, para obtener esa cifra, tomamos el SDI y lo multiplicamos por 40 días equivalentes a los 2 años de trabajo, lo cual resulta en 13 mil 953.60 pesos por ese tiempo.
En tercer lugar, para calcular la Prima de Antigüedad, primero, se debe tomar en cuenta el salario mínimo, que actualmente está dividido en 2 zonas geográficas, la Zona Libre de la Frontera Norte, que tiene un salario diario de 176.72 pesos y el Área de Salarios Mínimos Generales, que tiene un salario de 102.68 pesos diarios. Según la LFT, si el salario diario del trabajador excede el doble el salario mínimo de la Zona Geográfica, se considerará esa suma como salario máximo.
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Recordemos que la Prima de Antigüedad es equivalente a 12 días del salario por año trabajado, en nuestro ejemplo, el SDI excede, en el caso de el Área de Salarios Mínimos Generales del doble del salario mínimo, por lo que se tomará como tope el doble, lo cual nos da 205.36 pesos, en el caso de la frontera norte, se tomará el SDI de 348.84 pesos. En cada caso es necesario multiplicar cada salario por 24 días, equivalentes a los 2 años de trabajo de nuestro ejemplo, lo cual resulta en una prima de 8 mil 372.16 pesos para la frontera norte y de 4 mil 928.64 pesos para el resto del país.
Finalmente, si sumamos los resultados (3 meses de salario, 20 días de salario por año y Prima de Antigüedad) tenemos que la liquidación correspondiente para este trabajador sería de 53 mil 721.36 pesos si laboró en la frontera norte y de 50 mil 277.84 si laboró en el resto del país.
Si te despidieron injustificadamente y no te liquidaron, acude al la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajador (Profedet) para recibir asesoría y levantar una denuncia, si la Junta de Conciliación y Arbitraje falla a tu favor, el patrón tendrá que añadir a tu liquidación los salarios caídos, con un máximo de 12 meses.
Con información de El Economista