Colegiaturas de preescolar hasta bachillerato son deducibles de impuestos
Los padres o tutores buscan ahorrar en los gastos escolares para evitar sufrir un descalabro financiero en el regreso a clases. Tal es el caso de las colegiaturas, pero hay...
Los padres o tutores buscan ahorrar en los gastos escolares para evitar sufrir un descalabro financiero en el regreso a clases. Tal es el caso de las colegiaturas, pero hay una buena noticia, desde preescolar hasta bachillerato, transporte escolar, y algunos gastos en salud, pueden ser deducibles de impuestos en la declaración anual, explican especialistas.
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Para deducir impuestos de gastos escolares es importante pagar siempre con tarjeta de crédito o débito, o bien, cheque o transferencia bancaria, pedir factura inmediatamente y revisar que los datos sean correctos.
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“Algunos pagos escolares pueden ser deducibles de impuestos en tu declaración anual, aún estás a tiempo de saber cuáles son y pedir factura oportunamente, ya que de no hacerlo perderás la oportunidad de justificar fiscalmente estos gastos”, explica la reparadora de servicios financieros Coru.com.
Instituciones privadas con validez oficial
En el ámbito educativo, las colegiaturas en instituciones privadas con validez oficial, desde nivel preescolar hasta bachillerato tienen límite anual de deducción, explica el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
En qué podrás deducir
Para el nivel preescolar, el límite es de 14 mil 200 pesos, en primaria 12 mil 900 pesos, secundaria, 19 mil 900 pesos, profesional técnico 17 mil 100 pesos y bachillerato 24 mil 500 pesos, en el caso del transporte escolar, sólo podrá deducirse si es obligatorio.
Los gastos de papelería
Sólo se podrá si son indispensables para la actividad profesional, por ejemplo, en el caso de docentes. Entre otras deducciones personales se encuentran algunos gastos de salud como honorarios médicos, dentales, de nutrición o psicológicos, además de gastos hospitalarios, análisis clínicos, compra de lentes ópticos y primas por seguros de gastos médicos.
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Los expertos destacan que los contribuyentes tienen derecho a disminuir de sus ingresos acumulables en la declaración anual del ejercicio 2019 de dichos gastos.
Recuerda, las declaraciones personales no pueden exceder del 15% total de sus ingresos, incluidos los exentos.
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